Los controles fitosanitarios realizados por los Estados miembros de la Unión Europea han detectado un riesgo: la introducción de plagas vivas a través del material de embalaje de madera utilizado en el transporte de ciertas mercancías procedentes de China, India y Bielorrusia.
Para reducir este riesgo y evitar el incumplimiento de las normas internacionales para el control de plagas, el pasado 18 de enero se publicó el nuevo Reglamento de Ejecución de la Comisión Europea, que establece la periodicidad con la los materiales de embalaje de madera que contienen mercancías originarias de China, India y Bielorrusia deben someterse a control fitosanitario.
Escrito de la Comisión Europea:
«Puesto que los controles fitosanitarios realizados en los Estados miembros de la Unión Europea confirman que el riesgo de introducción de plagas vivas en la UE no se ha reducido, es necesario que continúen realizándose controles fitosanitarios del material de embalaje de madera importado que transporta, protege o sujeta las mercancías en cuestión originarias de Bielorrusia, China y la India con la misma frecuencia que la establecida en el Reglamento de Ejecución”.
La aplicación de este nuevo reglamento será aplicable de forma obligatoria hasta el 31 de diciembre de 2026, sustituyendo al anterior Reglamento (UE) 2021/127, que ha estado vigente hasta el pasado 31 de diciembre de 2023.
¿Qué mercancías están sujetas a este control fitosanitario?
Tal y como establece el reglamento, las mercancías que deberán someterse a controles fitosanitarios son las siguientes:
- Mercancías que vayan sujetas, protegidas o transportadas en material de embalaje de madera.
- Mercancías originarias de uno de los tres países enumerados en el Anexo del Reglamento (UE) 2024/288.
- Mercancías incluidas en uno de los códigos de la nomenclatura combinada (código NC) establecidos en el anexo.
Estas medidas de control únicamente se aplican a aquellas mercancías incluidas en el Anexo del Reglamento (UE) 2024/288: aluminio, cerámica, piedra, adoquín, pizarra, mármol, granito, leña y otros artículos de madera.
La periodicidad de los controles fitosanitarios será de al menos el 15% de las partidas de aquellas mercancías que cumplan con estos requisitos.
Pautas para el control de dichas mercancías
Para que el material de embalaje de madera dichas mercancías pueda introducirse en el territorio de la UE deberá cumplir con los siguientes requisitos de control, establecidos en el artículo 3 del reglamento:
1 – Las autoridades competentes o los operadores que intervengan en la importación de estas mercancías acompañadas con material de embalaje de madera deben, tan pronto como tengan conocimiento de la llegada de dicho material, notificarla con antelación a la autoridad competente del puesto de control fronterizo de la primera llegada.
2 – Se realizarán controles fitosanitarios regularmente para comprobar que, en cumplimiento de la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias (NIMF n.º 15), los embalajes se han sometido a uno o más de los tratamientos aprobados y llevan el marcado correspondiente. El porcentaje de los controles no será inferior al 15% de las partidas de las mercancías especificadas.
Así mismo, el reglamento clarifica que el material de embalaje de madera y las mercancías correspondientes permanecerán bajo vigilancia aduanera y bajo la supervisión de la autoridad competente hasta que finalicen los controles. No obstante, si el operador separa las mercancías del embalaje, la Aduana podrá permitir que esas mercancías no se mantengan bajo supervisión y vigilancia.
Desde Badenes Logistics queremos recordar que, más allá de estos “controles reforzados”, los materiales de embalaje de madera siguen expuestos a posibles a otros controles fitosanitarios adicionales de forma aleatoria, así como que todos aquellos que no cumplan con la normativa NIMF 15 son motivo de rechazo.
Por esta razón, el cumplimiento de esta normativa en caso de utilizar madera como material de embalaje por parte del proveedor de origen es fundamental, puesto que los costes tanto de rechazo como de destrucción correrán a cargo del importador y pueden ser muy elevados.
En caso de que tengas cualquier tipo de duda al respecto o necesites asesoramiento, contacta con nuestros agentes de aduanas y recibe la atención e información que necesitas. Con una elevada experiencia y un profundo conocimiento de la normativa aduanera y fiscal actual, te asesoraremos sobre la gestión y tramitación de tus importaciones y exportaciones ante las autoridades aduaneras.