El sistema NCTS5 (Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado) ha entrado en su fase definitiva el pasado 21 de enero de 2025. Este cambio representa una mejora significativa en la gestión del tránsito aduanero en la Unión Europea, con un enfoque en la digitalización y la eficiencia. Sin embargo, para garantizar el funcionamiento ante posibles fallos, la Agencia Tributaria (AEAT) ha publicado un plan de contingencia que detalla los pasos a seguir en diversos escenarios.
En este artículo, exploramos qué es el NCTS5, cómo funcionará a partir de 2025 y qué medidas contempla su plan de contingencia en caso de problemas técnicos.
¿Qué es el NCTS5?
El NCTS5 es una herramienta clave para el comercio internacional, ya que conecta digitalmente las aduanas de los países de la Unión Europea. Este sistema permite gestionar los tránsitos de mercancías de manera eficiente, reduciendo tiempos y facilitando la trazabilidad. Su implementación definitiva en 2025 responde a los últimos requisitos de la normativa europea, adaptándose a las demandas de un mercado globalizado.
Plan de contingencia: posibles escenarios
La Nota Informativa define varios escenarios en los que podrían surgir problemas técnicos y establece los pasos a seguir según el rol de España en el tránsito: país de partida, tránsito o recepción.
1. España como país de partida del tránsito
Si el fallo técnico afecta al sistema del operador o de la AEAT, se recomienda esperar. La AEAT estima que la resolución de problemas en su sistema tomará menos de una hora, reduciendo el impacto en las operaciones.
2. España como país de tránsito
En este caso, se contemplan tres situaciones:
- La aduana de tránsito no recibe el aviso de la aduana de partida: Se procederá a sellar el Documento de Acompañamiento de Tránsito (DAT), permitiendo que la mercancía continúe su trayecto.
- Fallo temporal en el sistema de la aduana de tránsito: La aduana directamente sellará el DAT en el lugar reservado para la aduana de tránsito y se quedará una copia del mismo. Así, cuando se restablezca el sistema, intentará incluir la información del tránsito en el sistema.
- Inicio del tránsito en procedimiento de contingencia (fall back): La aduana de tránsito sellará el paso en el campo indicado del DAT en la 1ª situación planteada. En este caso se quedará también con una copia por si se hiciera necesario realizar alguna comunicación a la aduana de partida, a través del correo helpdesk.
3. España como país de recepción del tránsito
3.1 El tránsito en la aduana de partida se inició en NCTS5 pero al llegar a España y enviar el operador el mensaje de recepción (CC007), no se encuentra el tránsito en el sistema de la AEAT
Pueden existir 2 situaciones:
1- El operador de recepción tiene un DAT en el que se indica un MRN correcto y, al enviar, el mensaje de recepción el tránsito queda en situación RQ (Solicitados los datos al país de expedición del tránsito) pero no se recibe respuesta por parte del país en el que se emitió el tránsito.
El tiempo de espera que se considera no recepción de la respuesta es:
- durante más de 2 horas, del 21 al 3 de febrero
- a partir del 4 de febrero, las 6 horas recogidas en la Guía NCTS5 AEAT
2- El operador de recepción tiene un DAT en el que se indica un MRN correcto y, al enviar, el mensaje de recepción el tránsito queda en situación RZ (Rechazado recibir el tránsito en España). El sistema español pide los datos al sistema del otro país, pero éste último le deniega la recepción en España de dicho tránsito y no comunica sus datos.
En ambos casos el operador debe declarar en el mensaje de Alta indirecta de tránsito no nacional (CCTNNC) el MRN que viene en el documento de acompañamiento de tránsito (DAT), e indicar en el elemento Documento Digitalizado TNN, ‘A’ Tipo de documento físico.
3.2 El tránsito en la aduana de partida no se pudo tramitar de forma electrónica y llega con un DAT que incluye las siglas: FALLBACK PROCEDURE
El operador no tiene un DAT con su MRN, sino un documento de fallback extranjero en el que figuran los datos del tránsito sin el MRN. En este caso se debe enviar el mensaje de Alta indirecta de tránsito no nacional (CCTNNC) con los datos incluidos en el documento de fallback y confeccionar un MRN según se especifica en el elemento MRN dentro de la definición del mensaje.
3.3 A la llegada a España el operador tiene problemas con su sistema electrónico
En estos casos, se podría enviar el mensaje de Alta indirecta de tránsito no nacional (CCTNNC) desde la sede electrónica de la AEAT.
3.4 A la llegada a España, falla el sistema de la Agencia Tributaria
Pasadas 2 horas, si no se restaura, se solicitaría por registro que la aduana de destino tramite la recepción en el DAT para, cuando se restablezca el sistema, poder incorporar la información en el mismo.
Declaraciones pendientes y documentos aceptados
Las declaraciones iniciadas antes del 21 de enero de 2025 mantendrán su fecha de admisión original, pero pueden surgir problemas si las predeclaraciones no se activan antes de esta fecha. La Aduana recomienda invalidar las predeclaraciones y presentar nuevas con datos actualizados.
En cuanto al Documento de Acompañamiento de Tránsito (DAT), se aceptarán tanto versiones antiguas como nuevas, especialmente durante los primeros meses de transición, para evitar rechazos en los tránsitos emitidos por países que no hayan implementado el nuevo formato.
Desde Badenes Logistics, recomendamos a nuestros clientes y colaboradores familiarizarse con estas directrices y estar preparados para la transición a esta nueva fase.
Para más información sobre NCTS5, puedes consultar:
- Nota informativa 01/2025 sobre el plan de contingencia del periodo definitivo del sistema NCTS5
- Guía técnica NCTS5 de la AEAT
- Seminario periodo definitivo NCTS5 de la AEAT
Si tienes dudas o necesitas asistencia, no dudes en contactarnos. En Badenes Logistics, estamos comprometidos con un servicio de calidad, incluso en los momentos más desafiantes.